subsidio por desempleo

Subsidio por Desempleo

El subsidio por desempleo es la ayuda económica del nivel asistencial de la protección por desempleo: está pensado para personas que se han quedado sin trabajo y no reúnen el periodo cotizado suficiente para cobrar el paro contributivo, o que ya lo han agotado, y que además carecen de rentas. En esta guía explicamos, con la normativa vigente tras la reforma de 2024, qué tipos de subsidio existen, los requisitos, la cuantía, la duración y cómo solicitarlo paso a paso, distinguiendo lo que se tramita ante el SEPE (estatal) y lo que se gestiona con el Servicio Navarro de Empleo–Nafar Lansare (foral).

Última revisión: 2026-06-18

Información general y orientativa. No es asesoramiento profesional ni una resolución administrativa. Las cuantías dependen del IPREM vigente cada año y la normativa puede actualizarse: confirma tu caso concreto en el SEPE antes de tomar decisiones.

Subsidio por desempleoDatos clave del nivel asistencial
75% SMIlímite de rentas propias
<360 díascotizados que dan acceso al subsidio
SEPEorganismo que lo gestiona
01-11-2024entrada en vigor de la reforma
Fuente: SEPE · RD-ley 2/2024, de 21 de mayo (sepe.es)

Qué es el subsidio por desempleo (y en qué se diferencia del paro)

Conviene no confundir dos cosas:

  • Prestación contributiva («el paro»): depende de lo que hayas cotizado. Para cobrarla necesitas haber cotizado al menos 360 días en los últimos 6 años. No se exige un límite de rentas.
  • Subsidio por desempleo (nivel asistencial): es una ayuda para quien no llega a esos 360 días o ya agotó la prestación contributiva, y se concede solo si careces de rentas suficientes. Su cuantía se fija como porcentaje del IPREM, no en función de lo cotizado.

El subsidio está regulado en la Ley General de la Seguridad Social y fue reformado en profundidad por el Real Decreto-ley 2/2024, de 21 de mayo, cuyas medidas sobre el nivel asistencial entraron en vigor el 1 de noviembre de 2024. La gestión del subsidio corresponde siempre al SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal).

Requisitos generales del subsidio

Con carácter general, para acceder a cualquier modalidad de subsidio debes cumplir todos estos requisitos:

  • Estar en situación legal de desempleo (haber perdido el empleo de forma involuntaria, salvo los supuestos específicos que la ley admite).
  • Estar inscrito como demandante de empleo y mantener la inscripción, suscribiendo el acuerdo (compromiso) de actividad y participando en las actuaciones de empleo que se te propongan.
  • Carecer de rentas propias superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), excluida la parte proporcional de las pagas extraordinarias. Consulta en el SEPE el importe exacto del límite para el año en curso, ya que varía con el SMI.
  • En la mayoría de subsidios con responsabilidades familiares, además del límite individual, la media de rentas de la unidad familiar (dividida entre el número de miembros) no puede superar ese mismo umbral.
  • No haber rechazado una oferta de empleo adecuada ni acciones de formación, salvo causa justificada.

La unidad familiar está formada por la persona solicitante, su cónyuge y los hijos menores de 26 años (o mayores con discapacidad) que convivan y dependan económicamente de ella.

Cuantía del subsidio en 2026

Desde la reforma de noviembre de 2024, la cuantía del subsidio ya no es una cantidad fija: es decreciente por tramos y se calcula como porcentaje del IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples):

  • Primeros 180 días (meses 1 a 6): 95% del IPREM.
  • Del día 181 al 360 (meses 7 a 12): 90% del IPREM.
  • A partir del día 361 (mes 13 en adelante): 80% del IPREM.

Tomando como referencia un IPREM mensual de 600 â‚¬ (valor vigente en 2024 y prorrogado en 2025), esos porcentajes equivaldrían aproximadamente a 570 â‚¬ (95%), 540 â‚¬ (90%) y 480 â‚¬ (80%) al mes. Importante: el importe exacto depende del IPREM aprobado para cada ejercicio; verifica la cifra actualizada en el SEPE antes de hacer cálculos.

En los subsidios de jornada anterior a tiempo parcial, la cuantía se percibe en proporción a las horas trabajadas. Durante el cobro del subsidio, el SEPE cotiza por la jubilación en los supuestos previstos por la ley (de forma reforzada en el subsidio para mayores de 52 años).

Tipos de subsidio por desempleo

1. Subsidio por cotización insuficiente

Para quien pierde el empleo pero no alcanza los 360 días cotizados necesarios para el paro contributivo:

  • Con responsabilidades familiares: basta haber cotizado al menos 3 meses.
  • Sin responsabilidades familiares: se exigen al menos 6 meses cotizados.

2. Subsidio por agotamiento de la prestación contributiva

Dirigido a quienes han agotado el paro contributivo y siguen sin empleo y sin rentas. Tras la reforma se ampliaron los colectivos que pueden acceder y se suprimió el antiguo «mes de espera» en distintos supuestos, lo que agiliza el cobro.

3. Subsidio para mayores de 52 años

Para personas de 52 años o más que cumplen el resto de requisitos del subsidio y que han cotizado lo suficiente como para tener derecho, en el futuro, a una pensión de jubilación (en general, 6 años cotizados por desempleo a lo largo de la vida laboral y los periodos exigidos para la jubilación, salvo la edad). Es el subsidio de mayor protección: puede percibirse hasta la edad de jubilación y el SEPE cotiza por la jubilación de forma reforzada.

4. Otros supuestos especiales

Existen subsidios específicos para situaciones como las de personas emigrantes retornadas, personas excarceladas, o quienes han sido declaradas plenamente capaces o con incapacidad parcial tras una revisión de invalidez, siempre que reúnan los requisitos de carencia de rentas e inscripción.

Complemento de apoyo al empleo (CAE)

La reforma de 2024 introdujo el complemento de apoyo al empleo, que permite, en las condiciones que fija la ley, compatibilizar el subsidio con un trabajo por cuenta ajena durante un tiempo limitado, para que aceptar un empleo no suponga perder de golpe toda la ayuda. Consulta en el SEPE si tu situación encaja en este complemento.

Duración del subsidio

La duración varía según la modalidad, los meses cotizados y las responsabilidades familiares, y se reconoce y prorroga por periodos. El subsidio para mayores de 52 años puede mantenerse hasta la jubilación. Como las reglas de duración son detalladas y dependen de tu caso, lo más fiable es comprobar el periodo concreto en tu resolución del SEPE o preguntarlo al solicitarlo.

Cómo solicitar el subsidio paso a paso

  1. Inscríbete como demandante de empleo. En Navarra, la inscripción y la tarjeta de demanda (DARDE) se gestionan con el Servicio Navarro de Empleo–Nafar Lansare (foral). Puedes pedir cita en cita previa o llamando al 848 42 45 00.
  2. Reúne la documentación: DNI/NIE, modelo oficial de solicitud, justificantes de rentas propias y, si procede, de la unidad familiar (libro de familia, etc.).
  3. Presenta la solicitud ante el SEPE. Puedes hacerlo por internet en la Sede Electrónica del SEPE (sede.sepe.gob.es) con certificado digital, Cl@ve o el sistema sin certificado, por teléfono o de forma presencial con cita previa en tu oficina de prestaciones.
  4. Respeta los plazos. Solicita el subsidio dentro del plazo establecido para tu modalidad; presentarlo fuera de plazo puede retrasar o reducir el cobro.
  5. Mantén la demanda activa. Renueva y sella la tarjeta de paro cuando corresponda y comunica cualquier cambio de tus rentas o de tu situación familiar al SEPE.

Recuerda la diferencia clave en Navarra: la demanda de empleo, la orientación y los cursos son competencia foral (Servicio Navarro de Empleo–Nafar Lansare), mientras que la prestación o subsidio por desempleo la reconoce y paga el SEPE (estatal). Necesitas estar inscrito como demandante (gestión foral) para poder cobrar el subsidio (gestión estatal).

Preguntas frecuentes

¿Cuánto se cobra de subsidio por desempleo?

Desde noviembre de 2024 la cuantía es decreciente: 95% del IPREM los primeros 6 meses, 90% del mes 7 al 12 y 80% a partir del mes 13. Con un IPREM de 600 â‚¬/mes serían unos 570 â‚¬, 540 â‚¬ y 480 â‚¬ respectivamente. Verifica el IPREM del año en curso en el SEPE.

¿Puedo cobrar el subsidio si nunca he cotizado?

El subsidio por cotización insuficiente exige un mínimo de cotización (3 meses con responsabilidades familiares o 6 meses sin ellas). Si nunca has cotizado, no podrías acceder a esta modalidad, aunque sí podrían existir otras ayudas asistenciales fuera del sistema de desempleo. Consulta tu caso en el SEPE.

¿Qué cuenta como «rentas» para el límite del 75% del SMI?

Se computan los rendimientos del trabajo, del capital, de actividades económicas y las ganancias patrimoniales, según los criterios del SEPE. Si tienes responsabilidades familiares, además del límite individual se valora la media de rentas de toda la unidad familiar.

¿Puedo trabajar mientras cobro el subsidio?

En determinados casos sí, gracias al complemento de apoyo al empleo introducido por la reforma, que permite compatibilizar durante un tiempo el subsidio con un trabajo por cuenta ajena. Las condiciones las fija el SEPE, así que confírmalas antes de aceptar el empleo.

¿Dónde solicito el subsidio en Navarra?

El subsidio se pide al SEPE (sede electrónica, teléfono o presencialmente con cita), pero antes debes estar inscrito como demandante de empleo a través del Servicio Navarro de Empleo–Nafar Lansare (848 42 45 00).

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Fuentes oficiales

Aviso: contenido orientativo de carácter informativo, no constituye asesoramiento jurídico ni laboral. Las cuantías, plazos y requisitos pueden variar según la normativa y el IPREM vigentes. Para decisiones que afecten a tu economía o a tu situación legal, confirma los datos en las fuentes oficiales o acude a tu oficina del SEPE.

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