Saltar al contenido

Subsidio para Mayores de 55 Años

Aquí tienes toda la información y requisitos que necesitas para solicitar la subvención de la SEPE para mayores de 55 años.

prestaciones para mayores de 55 años en navarra

Si ha agotado su prestación contributiva y tiene 55 años o más, aquí tiene toda la información que necesita sobre la prestación para mayores en Navarra para de los 55 años, la cual se pagará hasta la jubilación.

El Subsidio en Navarra para Mayores de 55 años

El subsidio para los mayores de 55 años es una prestación que forma parte del paquete de protección contra el desempleo gestionado por el Servicio Navarro de Empleo para los desempleados mayores de 55 años que puedan demostrar que sus ingresos son insuficientes. Esta ayuda se mantiene para las personas que la recibían, pero ahora se está empezando a conceder desde los 52 años.

Es un subsidio de desempleo que tiene la particularidad de que, además de percibir un importe económico, las cotizaciones correspondientes se abonan a la Seguridad Social hasta la jubilación.

Esta ayuda tras el paro para personas mayores de 55 años es una prestación económica mensual que se mantendrá hasta que la persona alcance la edad de jubilación, y además la SEPE o el Instituto Social de la Marina abonará a la Seguridad Social las cotizaciones correspondientes a la pensión de jubilación.

En caso de que la persona no disponga de suficientes cotizaciones para acceder a la pensión de jubilación, podrá suscribir un Convenio Especial con la Seguridad Social para poder completar las cotizaciones correspondientes.

¿Quién va dirigida la ayuda a mayores de 55 años?

Tienen derecho a esta prestación las personas que se encuentren en situación de desempleo legal, tengan 55 años o más y hayan agotado la prestación contributiva o el subsidio de desempleo, siempre que hayan cotizado un mínimo de 6 años a lo largo de toda su vida laboral y cumplan los demás requisitos.

Requisitos para solicitar el subsidio para mayores de 55 años

Para recibir el subsidio para mayores de 55 años, debe cumplir una serie de requisitos generales que son comunes a todas las prestaciones de desempleo. Estos son los siguientes:

  • Estar desempleado
  • No tener derecho al subsidio de desempleo contributivo.
  • Debe estar desempleado y seguir estándolo mientras perciba la prestación (es decir, debe estar desempleado en las fechas indicadas).
  • Firmar el acuerdo de actividad.
  • No tener ingresos superiores al 75% del salario mínimo interprofesional (SMI). En este caso, este requisito sólo se cumplirá cuando la suma de todos los ingresos de los miembros de la unidad familiar dividida entre todos los miembros resulte en un valor inferior al 75%.

Requisitos específicos

Además, el trabajador debe cumplir ciertos requisitos específicos para poder percibir la ayuda de personas mayores de 55 años:

  • Tener 55 años en el momento en que se agote el subsidio de desempleo o el subsidio de desempleo
  • Usted debe estar en una de las siguientes situaciones:
  • Ha dejado de percibir un subsidio de desempleo contributivo, es decir, el subsidio de desempleo.
  • Haber sido condenado a una pena privativa de libertad de más de seis meses y no tener derecho a prestaciones por desempleo.
  • Haber superado una discapacidad grave o una incapacidad permanente (total o absoluta) como resultado de una revisión del expediente, y haber sido declarados total o parcialmente inválidos.
  • Debe estar en situación de desempleo legal y no haber cotizado durante el período mínimo por el que tiene derecho a una prestación contributiva. En este caso, usted debe haber contribuido por lo menos durante 3 meses.

La persona que reúna las condiciones antes mencionadas puede tener derecho a esta ayuda siempre que haya agotado un subsidio de desempleo y no tenga derecho a la prestación correspondiente porque no reúna las condiciones de falta de ingresos o de responsabilidades familiares. También puede solicitarlo si recibe o tiene derecho a una asignación.

Cómo solicitar la prestación para mayores de 55 años

El SEPE tramita la prestación para las personas mayores de 55 años, y la solicitud puede presentarse personalmente en las oficinas con cita previa o a través de la Sede Electrónica de la SEPE.

Documentación necesaria para solicitar la subvención

Deberá presentar el Formulario de Solicitud de Desempleo y marcar la opción «Mayor de 55 años». Puede descargar el siguiente formulario:

Junto con el formulario de solicitud debes presentar los siguientes documentos:

  • Documento Nacional de Identidad (DNI). Los extranjeros de la UE que residan en territorio español deberán identificarse con su Pasaporte mediante su Documento de Identidad de Extranjero (TIE) o su Número de Identidad de Extranjeros, y los extranjeros no residentes en la UE deberán hacerlo mediante su Documento de Identidad de Extranjero (TIE) y su Pasaporte.
  • Documento bancario con el número de cuenta para que puedan pagarle la ayuda. Usted debe ser el titular de la misma.
  • El libro de familia en los casos que sean necesarios. Si usted es extranjero, debe presentar un documento equivalente.

Para seguir teniendo derecho a la subvención, debe demostrar cada 12 meses que no tiene unos ingresos superiores al 75% de la SMI. Si no lo aporta o lo hace después de la fecha límite, la prestación y la correspondiente cotización a la Seguridad Social se interrumpirán hasta que se presente.

Plazos para solicitar la prestación

Deberá presentar la solicitud junto con la documentación correspondiente en un plazo de 15 días laborables a partir del mes de espera. Es decir, una vez que se ha quedado sin trabajo, debe transcurrir un mes antes de que pueda ser procesado.

Si se encuentra en situación de desempleo y no tiene derecho a cobrar el paro, el plazo para presentar su solicitud será de 15 días laborables a partir del cese de la relación laboral.

Además de en el SEPE, también se puede tramitar en cualquier oficina de registro público o por correo administrativo.

¿Cuanto dura la ayuda?

La duración del subsidio para las personas de 55 años o más se prolonga hasta la edad de jubilación, siempre que se mantengan todas las condiciones.

¿Cuanto se cobra de ayuda?

430,27 mensuales, equivalente al 80% del Indicador de Ingresos Públicos de Efecto Múltiple (IPREM).

Hay que tener en cuenta que si la situación de desempleo se debe al cese del trabajo a tiempo parcial, el importe se reduce en la misma proporción.

El pago se realizará entre los días 10 y 15 de cada mes, así como el pago de las cotizaciones a la Seguridad Social, que serán equivalentes al límite mínimo de cotización vigente en cada momento.

¿Siendo autónomo tengo derecho a la subvención?

Sí, un trabajador autónomo tiene derecho a percibir una prestación para las personas mayores de 55 años, siempre que sea multiempleo o haya pagado un seguro de desempleo durante al menos 6 años durante su vida laboral.

error: Content is protected !!